Principales medidas y actuaciones del Plan corrector del fraude

Les adjuntamos en esta entrada el enlace a un documento preparado por nuestro departamento fiscal con las principales medidas y actuaciones del Plan integral de prevención y corrección del fraude fiscal, laboral y a la Seguridad Social.

Sanciones ICAC por no depositar Cuentas Anuales

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A través de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana tenemos noticias de que el ICAC a partir de ahora tiene intención de aplicar la potestad sancionadora, cuando una empresa no haya depositado sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil correspondiente. Esto no  supone una novedad, dado que ya existía dicha potestad, pero como todos sabéis no se estaba aplicando, sin embargo a partir de ahora parece ser que cambia el criterio.

Por otro lado, el Registro Mercantil de Valencia ha confirmado que tiene obligación de comunicar al ICAC todas aquellas empresas que no cumplen con su obligación de depositar las Cuentas Anuales y se publica en el BORME.

Circular informativa aplicación del tipo reducido de IVA (RDL 6/2010)

Les adjuntamos en esta entrada una  Circular sobre las modificaciones que en el tema de la aplicación del tipo reducido de IVA incorpora el Real Decreto-Ley 6/2010.

En dicha circular informativa, encontrará información sobre la aplicación del tipo reducido de IVA a las obras de renovación y reparación de viviendas, ampliando el concepto de rehabilitación.

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Congreso financiero online en Bilbao

Hasta  mañana día 4 de junio, se celebra en Bilbao el Financial Congress Digital Meeting.  Es un encuentro tanto presencial como on-line, dirigido a profesionales del sector financiero y a todos los interesados en adquirir mayor conocimiento financiero.

Se puede seguir en directo el streaming del congreso, que cuenta con la participación de expertos en finanzas y particulares de todo tipo, en la siguiente web:

http://www.financialcongress.com/

Además, se pueden consultar todos los comentarios relacionados con este congreso en los siguientes enlaces:

Twitter: http://search.twitter.com/search?q=%23financongress

Facebook: http://www.facebook.com/home.php#!/financialcongress?ref=ts

Guía contestación a diligencias de embargo

logo aeat

La Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.) de Valencia nos ha remitido a través del Colegio de Gestores, un archivo en pdf conteniendo la Guía para la contestación a diligencias de embargo por internet.

En la misma se indican los pasos a seguir para poder contestar las diligencias de embargo on line en la sede electrónica de la Agencia Tributaria incluso sin necesidad de disponer de certificado de usuario.

Este procedimiento ha introducido una importante mejora en las contestaciones a dichas diligencias de embargo que facilitará su cumplimiento, permitiendo superar otras formas de cumplimiento más incómodas o costosas, y por consiguiente, haciendo innecesario contestar en papel, desplazarse a las oficinas, usar el servicio de Correos, etc.

Contestación a Diligencias de Embargo

Circular informativa sobre Declaración de la Renta 2009

Al objeto de poder asesorarle en la obligación de presentar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ( I.R.P.F.) correspondiente al ejercicio 2009, rogamos se persone en este despacho antes del día 20 de junio próximo aportando el N.I.F. de todos los miembros de la unidad familiar que estén en posesión de los mismos y el Libro de Familia. Si procede se aportará el Certificado de Minusvalía (si algún miembro de la unidad familiar tiene reconocido un grado igual o superior al 33%); así como los documentos acreditativos de la convivencia con ascendientes mayores de 65 años (que hayan tenido rentas inferiores a 8.000 €  y que no presenten declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros).

Además, no olvide de aportar los documentos siguientes, si usted o algún miembro de la unidad familiar ha obtenido rendimientos como:

-TRABAJADOR O PENSIONISTA (por jubilación, viudedad, orfandad, invalidez, clases pasivas, bajas de enfermedad, ayudas familiares, subsidio o prestación por desempleo, expedientes de regulación de empleo,   pensiones reconocidas en el extranjero y becas no exentas)Certificado de la empresa o entidad que los haya abonado. Tratándose de trabajadores incluidos en el Régimen de Autónomos o en el Régimen Especial Agrario, deberán aportar las cuotas satisfechas. En su caso se aportarán las cuotas satisfechas a sindicatos y los gastos de defensa jurídica y las cuotas satisfechas a Colegios Profesionales, si la colegiación es obligatoria.

-TITULAR DE ACCIONES, CUENTAS CORRIENTES Y DE AHORRO, DEPÓSITOS A PLAZO FIJO, PAGARÉS Y LETRAS DEL TESORO, PARTICIPACIONES EN FONDOS DE INVERSIÓN Y OTROS ACTIVOS FINANCIEROS: Certificado de las Entidades Financieras o Empresas por los dividendos, intereses y demás rendimientos percibidos (en los que deberá constar las retenciones efectuadas y el número de titulares).

-IMPUTACIONES DE RENTA ( MIEMBROS DE COMUNIDADES DE BIENES, SOCIEDADES CIVILES Y TITULARES DE PARTICIPACIONES Y/O ACCIONES DE SOCIEDADES EN TRANSPARENCIA FISCAL ): Certificado de imputación de rendimientos, retenciones y pagos a cuenta y de deducciones aplicables o copia del Modelo 184 correspondiente.

-TITULAR DE BIENES DE NATURALEZA URBANA Y/O RÚSTICA, PROPIOS, ARRENDADOS Y SUBARRENDADOS: Recibo de Contribución ( I.B.I ) Urbana y/o Rústica; si alguno de dichos bienes estuviese arrendado o subarrendado deberá aportar los justificantes del importe percibido así como las facturas o documentos de los gastos soportados y en su caso el Certificado de Retenciones y Comunicación del Arrendatario ( tratándose de alquileres de viviendas a jóvenes entre 18-35 años) para que el arrendador pueda practicar la reducción prevista legalmente. Tratándose de bienes inmuebles urbanos arrendados también deberá aportarse la escritura de adquisición de los mismos.

-EMPRESARIO, PROFESIONAL O ARTISTA: Aportarán Bajas y Altas de enfermedad, maternidad o accidentes si las  hubiera, así como el importe percibido por dicho concepto; los certificados de retenciones y Pagos a Cuenta ( modelos 130/131); las ventas de elementos del inmovilizado y además, según el Régimen en que esté acogido deberá aportar :

a) Régimen de Estimación Objetiva por Módulos: documentos o justificantes de las modificaciones habidas durante el ejercicio, y si procede, las fichas de amortización (en su caso a efectos de aplicación de los limites de ingresos y compras deberán aportarse las operaciones realizadas por el cónyuge, descendientes o ascendientes o entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen, siempre que sean actividades del mismo grupo del IAE y exista dirección común, compartiendo medios personales o materiales).

b) Régimen de Estimación Directa Simplificada: Libro de Ingresos (en los que se incluirán las subvenciones e indemnizaciones), Libro de Gastos y Libro de Bienes de Inversión.

c) Régimen de Estimación Directa Normal: Libros de Contabilidad legalizados.

En caso de Autónomos Dependientes en Régimen de Estimación Directa que deseen optar por la reducción prevista legalmente, deberán aportar el correspondiente contrato suscrito.

-TITULAR DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS O GANADERAS : Libro de Ingresos correspondientes al ejercicio 2009 (en el que también deberán incluirse las subvenciones e indemnizaciones por seguros percibidas) y Certificado de retenciones y en su caso las facturas de los bienes de inversión adquiridos, así como las facturas por adquisición de gasóleo agrícola, fertilizantes o plásticos correspondientes al ejercicio 2009.

-RENDIMIENTOS IRREGULARES O DE CICLO SUPERIOR A DOS AÑOS: Documentos de los rendimientos cuando su ciclo de generación haya sido superior a dos años.

-ANUALIDADES POR ALIMENTOS: Importe satisfecho por las pensiones compensatorias entre cónyuges y las anualidades por alimentos a favor de los hijos o de otras personas (ambas por decisión judicial) aportándose el Convenio Regulador fijado judicialmente.

-GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES: Ocasionados por la venta, expropiación o donación de inmuebles de naturaleza urbana y/o rústica así como de acciones, fondos de inversión, etc.: justificantes, títulos o escrituras de la compra y venta así como los gastos y tributos inherentes.

-SUBVENCIONES Y AYUDAS OBTENIDAS POR LA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL, POR LA ADQUISICIÓN DE UN VEHICULO O POR ALQUILER DE LA VIVIENDA ( RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN ) Justificante del importe percibido en su caso.

Además de lo anteriormente expuesto, deberá aportar los siguientes documentos o justificantes si usted ha satisfecho pagos u obtenido beneficios fiscales en 2009 en concepto de:

- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL, AMPLIACIÓN, CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES DEL R.D. 1/2002, CANTIDADES DEPOSITADAS EN CUENTAS VIVIENDA Y OBRAS DE ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL POR RAZONES DE DISCAPACIDAD. Justificante de los importes satisfechos y tratándose de préstamos obtenidos para este fin justificante de las cuotas satisfechas.

- INVERSIONES EMPRESARIALES (para empresarios o profesionales en Estimación Directa): Justificante de todas las cantidades satisfechas que puedan servir de cálculo para posibles deducciones previstas en la normativa del Impuesto sobre Sociedades, con excepción de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios( Régimen general: gastos de investigación y desarrollo e investigación tecnológica, protección del medio ambiente, empresas de transporte por carretera, actividades de exportación, inversiones en la edición de libros y en producciones cinematográficas y audiovisuales españolas, gastos de formación profesional del personal, creación de empleo para trabajadores discapacitados, contribuciones empresariales a sistemas de previsión social, aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, inversiones y gastos en guarderías para hijos de trabajadores, Regímenes especiales inversiones y gastos en los siguientes eventos: “Alicante  2008. Vuelta al Mundo a Vela”,“Barcelona World Race”,”33ª Copa América”,“Guadalquivir Río de Historia”,“Bicentenario Constitución 1812”,”Londres 2012”,”Año Santo Xacobeo 2010”,”Año Jubilar Calceatense”,”Caravaca Jubilar 2010”,”Alzheimer Internacional 2011”,”Año Hernandiano.Orihuela 2010”,”Centenario de la Costa Brava”,”Salón Internacional del Automóvil. Barcelona 2009” y Régimen especial de inversiones en Canarias) y justificantes de deducciones pendientes de aplicación de ejercicios anteriores.

- INVERSIONES EMPRESARIALES (para empresarios en Estimación Objetiva – módulos –  y empresas de reducida dimensión): Justificante de las cantidades satisfechas que puedan servir de cálculo para posible deducción por fomento de tecnologías de la información y de la comunicación.

- APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES, MUTUALIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL Y PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS.

- DONATIVOS REALIZADOS A INSTITUCIONES BENÉFICAS, INVERSIONES Y GASTOS EN BIENES DE INTERÉS CULTURAL, RENTAS OBTENIDAS EN CEUTA Y MELILLA Y APORTACIONES A CUENTA AHORRO-EMPRESA,

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD: Importe de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades, y en caso de cobro anticipado importe percibido en 2009.

- GASTOS SATISFECHOS POR EL ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL.

- DEDUCCIONES AUTONÓMICAS. COMUNIDAD VALENCIANA. Entre otras: GASTOS POR ALQUILER DE UNA VIVIENDA radicada en la Comunitat Valenciana, por realizar una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto al de residencia; GASTOS DE CUSTODIA DE HIJOS MENORES DE TRES AÑOS EN GUARDERÍAS Y CENTROS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL, INVERSIONES EN ENERGÍAS RENOVABLES  EN LA VIVIENDA HABITUAL, DONATIVOS CON FINALIDAD ECOLÓGICA Y RELACIONADOS CON EL PATROMONIO CULTURAL VALENCIANO Y FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA.

Además deberá aportar todos aquellos documentos o justificantes por aquellas operaciones realizadas durante 2009 que puedan afectar a su Declaración de Renta y si efectuó Declaración del Patrimonio en ejercicios anteriores aquellos que puedan afectar al estudio de su liquidez y consumo en el periodo.

  • En caso de disponer de los Datos Fiscales remitidos por Hacienda (BORRADOR) deberá aportarlos junto con el resto de documentación.
  • Rogamos que para evitar esperas innecesarias se pongan en contacto con nuestro despacho para concertar cita antes del día 20 de junio, llamando al teléfono 961794044.
  • Los requerimientos y comprobaciones que en su caso puedan originarse por las declaraciones preparadas serán motivo de cargo aparte.